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Las actividades de protesta son la expresión del descontento popular
Sábado 16 de noviembre de 2019, por
Ciudad de México a 15 de noviembre de 2019
A la opinión pública
Las actividades de protesta tienen su esencia material en la transgresión de los derechos y libertades políticas del pueblo organizado y no organizado por el gobierno mexicano a través de funcionarios, agentes o políticos de oficio. Es el descontento popular expresado en marchas, mítines, volanteo, conferencia política, plantón, denuncia u otras actividades que expresen crítica política al régimen neoliberal, es un derecho que asiste a las masas trabajadoras.
El descontento popular lo podemos observar en nuestra cotidianidad, cuando el Estado niega el derecho a la salud, a la educación, al trabajo o a una vivienda digna y decorosa. Cuando estos derechos son transgredidos por el gobierno mexicano se configura una violación en perjuicio de las personas, él es el único que puede quebrantarlos, ya sea por omisión, comisión o aquiescencia, al amparo del poder que representa en las estructuras institucionales.
Cuando el Estado vulnera un derecho fundamental de los seres humanos, atenta contra las legislaciones, pactos, acuerdos y tratados establecidos en organismos internacionales en la materia, asimismo en lo señalado en las legislaciones internas como la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Quien piensa que las protestas se realizan con la intención de “molestar o afectar derechos a terceros” denota un profundo desconocimiento, porque desde esa forma de pensar coloca al pueblo trabajador como el generador de la violencia, con ello, le quita las razones políticas de la movilización y elude la responsabilidad al gobierno en el cometido de estos delitos contra las masas.
La protesta tiene su origen en la pobreza, miseria, atropello de los derechos humanos y libertades políticas, cuando éstos son conculcados se manifiesta ese descontento a través de diversas formas de lucha, ello depende de la creatividad e iniciativa de pueblo organizado para hacer escuchar su voz, denuncia y exigencia.
Desde la oficialidad pretenden criminalizar este derecho, a través de reglamentos, leyes o protocolos, con el argumento de que, según su lógica, no afecte a los que no se manifiestan, incluso realizan protocolos de movilidad que consisten en un acercamiento de diálogo, que en la vía de los hechos justifica los desalojos y acotos represivos contra las masas que protestan.
Ejemplo de ello es la “Ley Garrote”, “Ley Antimarchas” o “Ley Anti bloqueos” en el estado de Tabasco, el cual señala, endurecer las penas para quienes obstaculicen el libre tránsito, estipula un nuevo delito de tipo penal: “impedimento de ejecución de trabajos u obras” por la cual podrían los inconformes podrían alcanzar hasta 20 años de cárcel a quienes incurran en esta falta”.
El otro es el Protocolo ante manifestaciones y bloqueos en la Ciudad de México, donde establecen una serie de normas para las actividades de protesta, principalmente para los que realicen “bloqueos”, en los que si no llegan a un acuerdo autoridades y manifestantes podrán hacer uso de la fuerza pública para desalojarlos.
En los hechos en ambas normas institucionales lo que hacen es criminalizar la protesta popular, los dos de esencia imponen un reglamento que coarta el derecho a la libre manifestación de ideas y de organización, por ende, al derecho a la protesta. Al considerar que esas actividades políticas son caprichos o acciones que supuestamente no tienen un sustento.
En la vía de los hechos los gobiernos locales eluden su responsabilidad en la solución de las demandas planteadas; este acto en sí no es nuevo, es lo que hacían administraciones anteriores, la diferencia es que hoy lo plantean en una administración que alude a una transformación profunda, donde argumentan que “no se va a reprimir ni violar los derechos humanos”.
Ponen de manifiesto que los que protestan son los que alteran el orden e impiden que los demás ciudadanos puedan llegar a sus destinos, con ello, pretenden justificar la criminalización de la protesta popular y señalar como “vándalos” o “delincuentes” a los que realizan acciones políticas de masas.
En sus normas publicadas sus respectivas gacetas oficiales, señalan que un bloqueo es, “La obstrucción y cierre de paso por personas manifestantes que, con el fin de expresar sus inconformidades, impiden la libertad de tránsito dificultando la realización de las actividades, tanto en los inmuebles como en las vías de comunicación”.
Conceptualización que tiene contradicciones, porque el derecho al libre tránsito no se circunscribe a los plantones que realiza el pueblo organizado como una forma de protesta, visto de esa manera tergiversa lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y lo establecido en organismos internacionales de derechos humanos.
El artículo 11º de nuestra Carta Magna, reza en su artículo 11º, “Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes…
Por tanto, una marcha, plantón, mitin o bloqueo no puede violar el derecho al libre tránsito, en ningún momento impide que las personas entren o salgan del territorio mexicano, mucho menos impide que muden de su residencia; con ello, el gobierno mexicano lo que hace es descalificar las formas de protesta de las masas trabajadoras. Elaborar protocolos para manifestaciones no solucionan el problema de forma, al contrario, lo exacerban al no plantear una alternativa para su solución.
Violatorio es cuando queremos viajar a otro estado de la República y nos impiden trasladarnos por considerar que nos vemos, según su lógica, sospechosos. Con esa conceptualización todos somos “sospechosos”, por el simple hecho de tener las prendas no adecuadas o estar en el lugar no indicado.
Nos enfrentamos a una política de gobierno conservadora porque mediante reglamentaciones jurídicas intentan conculcar los derechos y libertades políticas del pueblo, con la intención de mantener su dominio e intentar impedir el desarrollo político de las masas trabajadoras organizadas con un carácter político e independiente.
La razón asiste al pueblo organizado, mientras las demandas de justicia y vida digna no sean resueltas, las acciones políticas de masas tienen razón de existir; ellas son el mecanismo de defensa de las masas trabajadoras para hacer que su voz sea escuchada y resuene en los ventanales de la institucionalidad. Alto a la criminalización de la protesta popular.
Atentamente
Frente Nacional de Lucha por el Socialismo
FNLS