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Ponencia: El papel de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el caso de Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya
Miércoles 25 de agosto de 2021, por
Ponencia presentada en el foro: La Suprema Corte de Justicia de la Nación y el caso de la desaparición forzada de Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya. Realizado el día de ayer en el plantón popular por justicia, verdad y libertad.
Ciudad de México, a 24 agosto de 2021
El papel de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el caso de Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya
En mayo del presente año, se cumplieron 14 años de la desaparición forzada de los revolucionarios Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya tiempo en el que la lucha de familiares, personalidades progresistas, abogados honestos y pueblo solidario ha logrado escalar peldaños en la exigencia de justicia. El caso hoy se encuentra en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), instancia más alta del Poder Judicial de la Federación en el país.
La SCJN decidió la suspensión indefinida de la revisión del caso, el cual, después de pasar por diferentes instancias judiciales, de recibir resoluciones intermedias de Tribunales colegiados en materia de amparo, la última instancia y escaño más alto al que un caso jurídico puede aspirar, decide dejar nuevamente el caso en el limbo jurídico, condena a las víctimas y sus familiares a la revictimización, con tal proceder no hay acceso a la justicia mucho menos posibilidad de juicio y castigo a los responsables materiales e intelectuales de tan abominable crimen.
Una desaparición forzada representa una grave violación a los derechos humanos y un crimen de lesa humanidad que ofende varias esferas de la dignidad humana, a ello obedece su trascendencia, por lo que una resolución en torno a abonar a resarcir el daño causado a la víctimas y sus seres queridos, significa una decisión de gran alcance que indica la ruta de las víctimas de la violencia institucional para acceder a la justicia, empero, la decisión de la corte opera en sentido contrario a los preceptos que protegen los derechos humanos.
La decisión de la SCJN extiende la impunidad hacia quienes desangraron al pueblo y sus organizaciones populares desde los sexenios del PAN, en quienes recae la responsabilidad de planificar y ejecutar crímenes de Estado. El caso fue eliminado de la lista de espera, por decisión unánime de los ministros, fue pasado al archivo para no ser reabierto, por lo menos en el período en que se mantienen los actuales ministros de la corte, todo indica que para ellos lo más importante es ampliar su período de gestión y mantener sus privilegios que permiten una vida en demasía a costa del erario público.
Con la posición jurídica de la corte queda trazada la misma línea política desde los gobiernos que fueron identificados por el PAN, PRI y hoy Morena. Las instituciones cierran filas para impedir que las víctimas de violaciones graves a los derechos humanos accedan a la justicia; ello habla de la violencia institucional que trasciende más allá de los límites sexenales y de las nomenclaturas partidistas, en la decisión de escamotear la justicia, existe una línea de continuidad y común acuerdo.
La desaparición forzada de los dos revolucionarios se ha convertido en un caso emblemático en el país a lo largo de los años, expresa la responsabilidad del Estado mexicano en las desapariciones forzadas y la política de impunidad a través de los sexenios; a 14 años de haberse cometido este crimen, la justicia es impedida por las diferentes administraciones gubernamentales, sin distinción de sigla partidista, existe la dilación y omisión al no resolver el caso en favor de las víctimas, por lo tanto, hay corresponsabilidad.
La desaparición forzada de Gabriel y Edmundo despertó en el movimiento popular, personalidades progresistas y defensores de derechos humanos un gran interés y adquirió importante relevancia a nivel nacional, porque es un caso que confirma la continuidad del cometido de prácticas de terrorismo de Estado para pretender minar la decisión de lucha del sujeto consciente.
La trascendencia es tal que logró armonizar la lucha de diferentes sectores sociales y voluntades, coordinar los aspectos jurídicos, políticos y de derechos humanos. La responsabilidad del Estado mexicano fue tal que incluso personajes que hoy figuran dentro del gabinete del actual gobierno se pronunciaron por su resolución, paradójicamente, hoy que son gobierno desarrollan la misma política de dilación, actitud que es secundada desde las decisiones de la corte.
El cometido de un crimen de lesa humanidad contra dos revolucionarios es por su militancia política, sus convicciones ideológicas y su voluntad de lucha, por ello, decidir sobre el acceso a la justicia de un caso emblemático fue mediante una valoración eminentemente política, extender la impunidad más allá de un sexenio, más allá de la demagogia institucional que impide castigar a los criminales del pasado…
La decisión de la corte no debe ser observada únicamente a través del crisol jurídico, es ante todo una decisión política, extender la impunidad por lo menos un sexenio más, decisión que a la vez significa dotar de validez al cometido de una práctica atroz de terrorismo de Estado, de una medida contrainsurgente y que es contraria a la insistencia de que en esta administración no habrá impunidad y la justicia se hará efectiva para los familiares de las víctimas de la violencia de Estado.
El sofisma de que nadie estará por encima de la ley cayó por su propio peso, hoy queda claro que quienes no son tocados con resoluciones ni fallos de la corte son los militares y marinos. Queda confirmada que el ejército y la marina son los puntales represivos que dan sustento a la política gubernamental, para ellos toda libertad para cebarse contra las masas a través de la violencia de Estado.
En la desaparición forzada de los revolucionarios no hay duda de que fue autoría del Estado mexicano a través de los diferentes cuerpos policíaco militares, así está fielmente documentado en el amplio acervo testimonial y de investigación que condujo a tribunales colegiados fallar a favor de las víctimas y solicitar que la investigación sobre el paradero de los detenidos desaparecidos deba extenderse a los cuarteles militares y en la comparecencia de altos mandos castrenses.
La SCJN decide formar parte de esta espiral de impunidad, cierra filas en torno al Estado mexicano para no permitir el acceso a la justicia, la verdad y, sobre todo, la presentación con vida de los detenidos desaparecidos. Explica la misma fórmula gubernamental de respaldar a militares y marinos en el cometido de violaciones graves a los derechos humanos, queda expuesto que la justicia para las víctimas del pueblo es regateada, máxime si su forma de lucha los distingue como comunistas y revolucionarios de este siglo.
A pesar de que existen pruebas y sentencias dictadas por tribunales judiciales a favor de las víctimas, todavía se quiere ocultar la verdad, que fue un crimen planeado y ejecutado desde las instituciones castrenses. El mutismo que se traduce en la suspensión indefinida en la corte, es para respaldar al Estado en el cometido de la desaparición forzada.
Persiste la actitud dilatoria que se traduce en connivencia, es la acción unitaria entre Poder Ejecutivo y Judicial para mantener la impunidad en las fuerzas represivas, autores materiales de incontables crímenes de Estado. Hoy no queda duda de los intereses que defiende, el tipo de justicia al que se ampara, el rasero jurídico con el que pretenden medir la actitud combativa de las masas.
El cometido de la desaparición forzada de personas en México y la violencia institucional tienen explicación en el origen criminal del Estado, esencia que no es modificada con simples deseos y promesas huecas. A tres años de la actual administración, es sostenida la misma estructura represiva, ningún militar es indiciado por violaciones a los derechos humanos, por lo tanto, las promesas representan sólo simulación y demagogia.
El actual contexto de represión y la política de impunidad impide el acceso a la justicia a las víctimas de la violencia institucional, el origen de la violencia está expuesto, son las mismas instituciones gubernamentales que se encargan de ejecutarla con el beneplácito de instancias jurídicas como la SCJN.
En el caso de los dos revolucionarios se comprobó que el autor material e intelectual fue aparato policíaco militar, ¿Qué le hizo dudar a la SCJN que decidió fallar contrario al derecho a la justicia? ¿Qué más pruebas requiere el órgano máximo de justicia para convencerse de la autoría gubernamental de este crimen? La suspensión indefinida sin duda obra en lado contrario a las sentencias judiciales del año 2014, a la recomendación de la CNDH de 2009 y los resolutivos de la Comisión de Mediación, la Comisión de la Verdad de Oaxaca y la Comisión Civil de Búsqueda y Seguimiento.
Ya en esta administración, en diciembre del año 2019 el Segundo Tribunal Colegiado en materia Penal de Primer circuito solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la nación (SCJN) que atrajera el caso por su importancia y trascendencia, condición que no fue compartida por los ministros de la corte y decidieron que no era trascendental por lo que fue mandado al archivo.
El actuar de la SCJN, como el representante del poder judicial, respecto al caso de los dos revolucionarios detenidos desaparecidos por el Estado, denota el carácter de clase por el que se conduce, es decir, le da vida al estado de derecho proempresarial, al aplazar de manera indefinida, se asume una posición conservadora sobre el caso, actúa como ente político, en los hechos se traduce en protectora del Estado mexicano.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación actúa de forma omisa al no garantizar el derecho de las víctimas a la justicia y verdad. En el caso en cuestión donde la imprescriptibilidad del crimen es la característica y como conocedores del derecho internacional, saben que la responsabilidad es extensiva al representante del Ejecutivo en turno.
La detención de algunos funcionarios estatales que fueron partícipes en la desaparición forzada no resta trascendencia al caso, mucho menos se acerca al ejercicio de la justicia, porque los principales autores intelectuales, los titulares de la SEDENA, Marina, SEGOB y Ejecutivo federal en ese 2007 siguen en total impunidad, es decir, Guillermo Galván Galván; Mariano Francisco Saynez (Fallecido), Francisco Ramírez Acuña, Felipe Calderón Hinojosa, respectivamente, así como a Ardelio Vargas Fosado titular de la Policía Federal, Jesús Ángel Díaz Ortega presidente municipal del municipio de Oaxaca y Ulises Ruiz Ortiz gobierno estatal, quienes estaban en funciones en el año del crimen cometido contra Edmundo y Gabriel.
El caso de los dos revolucionarios está en manos de la máxima instancia de justicia, la SCJN, a pesar de la decisión de suspenderlo indefinidamente. La justicia no puede ser escamoteada y la actitud que asumen las instancias gubernamentales en el país indica que es preciso enarbolar la lucha en el marco internacional en materia de derechos humanos. Está configurada la dilación, complicidad y la impunidad para resarcir el daño a las víctimas directas e indirectas de múltiples violaciones a los derechos humanos.
El papel de la SCJN en extender la impunidad indica connivencia en los poderes de la unión para arremeter contra el sujeto consciente, indica el carácter sesgado de la justicia y la esencia empresarial del estado de derecho. Con represión no hay transformación, con demagogia y negación de la justicia no hay combate a la impunidad, y cualquier discurso se convierte simulación.
Fraternalmente
¡Vivos se los llevaron! ¡Vivos los queremos!
Presos políticos ¡Libertad!
Por la unidad obrero, campesina, indígena y popular
Frente Nacional de Lucha por el Socialismo
FNLS