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Boletín informativo # 6 Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal notifica a autoridades correspondientes el fallo de la SCJN a favor de los revolucionarios Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya para su cumplimiento

Viernes 7 de octubre de 2022, por Ciudad de México

Ciudad de México a 07 de octubre de 2022

A los familiares víctimas de la desaparición forzada
A los organismos defensores de los derechos humanos
A los medios de comunicación nacional e internacional
Al pueblo en general

Boletín informativo # 6

Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal notifica a autoridades correspondientes el fallo de la SCJN a favor de los revolucionarios Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya para su cumplimiento

Al pueblo y sus organizaciones, a los familiares víctimas de la desaparición forzada y organismos defensores de los derechos humanos, a los compañeros del Frente Nacional de Lucha por el Socialismo, desde el plantón popular informamos que el Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal notificó a autoridades correspondientes el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a favor de los revolucionarios Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya para su cumplimiento.

Con anticipación sabemos del fallo que la Suprema Corte emitió el pasado 10 de agosto, más de 40 días después esta instancia engroso y nos mantuvimos a la espera de que fuese notificada, hoy estamos a la espera de su cumplimiento, las instancias e instituciones del Estado están notificadas y sin demora deberán acatarla.

Entre las instituciones responsables, por ende, obligadas a cumplir sin la dilación como práctica para perpetuar la impunidad o las evasivas con las que buscan
deslindarse de su responsabilidad están:

  • 1.Al Secretario de la Defensa Nacional (SEDENA); 2. Al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a la Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada, dependiente de la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad, de la Fiscalía General de la República; 3. A la Fiscalía General de la República (FGR); 4. A la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB); 5. A la Policía Federal Ministerial (PFM); 6. A la Secretaría de Gobernación (SEGOB); 7. Al Secretario de Seguridad Pública del estado de Oaxaca; 8. Al Fiscal General del estado de Oaxaca; 9. Al Director de Seguridad Pública, Vialidad y Protección Ciudadana del Municipio de Oaxaca de Juárez; 10. A la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV)

Estos deberán informar de inmediato el cumplimiento del fallo. De esta notificación se desprende que el retraso por medio de evasivas o procedimientos ilegales se considerará incumplimiento del fallo.

Las autoridades e instancias están obligadas a cumplir con el fallo a favor de los revolucionarios, su búsqueda en los campos y cuarteles militares sin ningún tipo de resistencia a través de la conformación de una Comisión Especial de Búsqueda (CEB) como parte del cumplimiento de la sentencia emitida por la Suprema Corte.

Todo acto de resistencia en el cumplimiento del fallo indicará la negativa del Estado en su conjunto o institución responsable. El cumplimiento del fallo a favor de Gabriel y Edmundo, no dependerá de la buena voluntad del titular de las dependencias señaladas, por orden judicial estos deben acatarla sin demora.

La disposición política de las instituciones señaladas por su responsabilidad en la desaparición forzada contra Gabriel y Edmundo se demostrará en el acato inmediato del fallo para que garanticen el acceso a la justicia y verdad para las víctimas. Los señalados en el fallo deben presentarse con la capacidad política y toma de decisiones, realizar lo contrario, se convierte en el incumplimiento de la misma para escamotear la justicia.

Los señalados en el fallo deberán cumplir con las medidas de satisfacción y restitución sin exceder los 30 días naturales, por ende, medidas de satisfacción y de no repetición en referencia a la no revictimización, criminalización de las víctimas.

Convocamos al pueblo trabajador y sus organizaciones a mantener la vigilancia para el cumplimiento de este fallo histórico en favor de las víctimas de la desaparición en general y en particular para los revolucionarios Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya. La justeza de la lucha la tiene el pueblo y es éste quien debe permanecer vigilante para el acceso a la justicia y verdad, en calles y plazas públicas que se coreen las consignas de ¡Vivos se los llevaron, vivos los queremos!

Fraternalmente

¡Por la unidad obrero, campesino, indígena y popular!
Frente Nacional de Lucha por el Socialismo!

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