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Boletín de prensa: Opinión 41/2024 del GTDA es vinculante y Estado mexicano debe liberar a nuestro compañero Higinio Bustos
Lunes 11 de noviembre de 2024, por
Chiapas a 11 de noviembre de 2024
A la opinión pública
Boletín de prensa:
Opinión 41/2024 del GTDA es vinculante y Estado mexicano debe liberar a nuestro compañero Higinio Bustos
El día 30 de octubre, el Grupo de Trabajo sobre Detención (GTDA) de la Organización de Naciones Unidas (ONU), publicó la Opinión A/HRC/WGAD/2024/41 donde sostiene que nuestro compañero Higinio Bustos Navarro es víctima de una detención arbitraria y debe ser puesto en libertad inmediata. Esta Opinión es de carácter vinculante, es decir, el Estado mexicano a través del gobierno en turno debe proceder a liberarlo incondicionalmente como un acto de justicia.
El Grupo de Trabajo en su Sesión núm. 100 emitió la Opinión 41/2024, en éste pide al Gobierno de México que “adopte las medidas necesarias para remediar la situación del Sr. Bustos Navarro sin dilación y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.”
Además, que “El remedio adecuado sería poner al Sr. Bustos Navarro inmediatamente en libertad y concederle el derecho efectivo a obtener una indemnización y otros tipos de reparación…”
El caso de nuestro compañero nos permite observar el grado de injusticia en nuestro país contra quienes seguimos organizados de forma independiente. Así como nosotros sostenemos política y jurídicamente que Higinio Bustos es inocente y víctima de una detención arbitraria, también la sostiene este organismo internacional a través del estudio que realizaron expertos del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de toda la información proporcionada por el Estado mexicano y la comunicación con la fuente (Comité Cerezo México).
Un aspecto preocupante es que el Estado Mexicano intente esconder ante la opinión internacional las graves violaciones a los derechos humanos contra activistas, defensores de los derechos humanos, luchadores sociales y pueblo trabajador en México. Por ejemplo, en el caso de nuestro compañero, el Estado mexicano omitió enviar al Grupo de Trabajo la declaración inicial del testigo (padre de un militar) que dice: “no tengo sospechas de nadie ni tampoco sé por qué mataron a mi hijo; ni tampoco sé el motivo por qué le hayan matado.”
A través de Relaciones Internacionales, el Estado mexicano envió una segunda declaración donde buscan encuadrar los hechos e incriminar a Higinio. Se concluye que la intención del gobierno morenista es castigar a Higinio por ser indígena, pero principalmente, por ser integrante del Frente Nacional de Lucha por el Socialismo (FNLS) que realiza crítica política al régimen de explotación y opresión.
En la resolución del Amparo Directo en revisión 3664/2012 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del 13 de marzo de 2013 dice que: “[…] de la interpretación sistemática del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el numeral 4° de la ley sobre Celebración de tratados, se advierte que tanto la Constitución como los referidos tratados internacionales son normas de la Unidad del estado Federal cuya observancia es obligatoria para todas las autoridades, por lo que resulta lógico y jurídico que dichos instrumentos internacionales suscritos y ratificados por nuestro país, […] sean de observancia obligatoria para todas las autoridades del país. […]”.
En este entendido, el gobierno en turno debe poner en libertad inmediata e incondicional a nuestro compañero Higinio Bustos Navarro porque es inocente y está en prisión por consigna política, hacer lo contrario, es sostener la injusticia y prolongar la impunidad.
Su detención es arbitraria y está en la prisión Ostión Duport, en Coatzacoalcos, Veracruz, por razones políticas. Detenido en un gobierno que no solo mantuvo en prisión a otros cinco compañeros, sino que es durante el sexenio morenista lopezobradorista que se intensificó la criminalización y judicialización de la protesta popular, por tanto, justificar legal o ilegalmente la persecución y represión contra el FNLS.
El gobierno no tiene el argumento legal para mantener preso a nuestro compañero, porque el origen de su detención es producto de la incriminación desde el gobierno calderonista que intensificó la militarización y que el gobierno actual la sostiene afianzándola para reprimir al pueblo. La detención arbitraria del compañero Bustos Navarro es parte de la política represiva a las organizaciones de carácter independiente.
Atentamente
¡Libertad incondicional e inmediata a Higinio Bustos Navarro!
¡Por la Unidad Obrero, Campesino, Indígena y Popular!
Frente Nacional de lucha por el Socialismo