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Criminalizar la protesta popular, intentona transexenal ahora con el legislador reelecto de MORENA de la autodenominada “4T"
Lunes 8 de julio de 2024, por
H. Puebla de Zaragoza, a 8 de julio de 2024
A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
AL PUEBLO DE MÉXICO
A LAS ORGANIZACIONES POPULARES E INDEPENDIENTES
A LOS ORGANISMOS DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS
Criminalizar la protesta popular, intentona transexenal
ahora con el legislador reelecto de MORENA de la autodenominada “4T”
Como organizaciones hemos alertado reiteradamente sobre el proceso de militarización que en el país se ha desarrollado bajo la premisa de la instauración de un Estado policíaco-militar. La autodenominada “4T”, no sólo ha facultado al ejército en términos políticos y económicos, sino que ha modificado el marco legal que le permite injerencia en asuntos de todo tipo, desde labores del carácter civil hasta aquellas que conciernen al ámbito científico y fundamentalmente aquellas labores que tiene un carácter meramente contrainsurgente. La natural consecuencia es el incremento de las violaciones a los derechos humanos y la criminalización de la protesta popular.
El próximo gobierno de Claudia Sheinbaum va en la misma lógica transexenal, lo cual ha dejado patente con el nombramiento como Secretario de Seguridad Pública federal al policía y violador de derechos humanos Omar García Harfuch. La autodenominada “4T” y su vocación represora no se quedan atrás en Puebla.
El pasado 4 de junio del presente año el legislador estatal reelecto de MORENA Fernando Sánchez Sasia presentó en sesión pública ordinaria del Congreso una iniciativa en la que criminalizan derechos políticos de manifestantes que bloqueen calles, porque según él “el medio para la solución de conflictos no debe ser el cierre de vialidades, sino el diálogo, la prudencia y el respeto a terceros”. Para esto pretende adicionar una fracción al artículo 188 del Código Penal del Estado de Puebla para condenar de 3 días a 4 años de prisión y multas de hasta 3,300 pesos a “quienes por sí mismos o con la ayuda de medios materiales, de transporte, de carga o similares, bloqueen, cierren, detengan, limiten, desvíen o intercepten el tránsito vehicular en vías públicas”. Tal aberración fue turnada a la Comisión Procuración y Administración de Justicia.
Esta propuesta aparte de ser anticonstitucional al limitar y criminalizar el derecho de manifestación, es un instrumento represivo que incluso contradice al mismo origen de la autodenominada “4T”, no olvidemos que el mismo AMLO y la “izquierda electoral” acudieron al instrumento popular de los bloqueos para denunciar los fraudes electorales cometidos contra ellos; hoy la autodenominada “4T” se olvida de su propio pasado inmediato y retoma en Puebla la tradición represora y asesina de los peores caciques del estado. La propuesta de Sánchez Sasia no sólo pone en evidencia su actitud hostil y carácter represivo, también refleja el carácter represor y antipopular de la autodenominada “4T” en la entidad a tal grado que los actuales y futuros funcionarios de gobierno con su silencio convalidan dicha iniciativa, atentando contra el derecho del pueblo a la manifestación popular en defensa de sus derechos e intereses.
La criminalización de la protesta popular por vía judicial no es nueva. Recordemos que, en mayo del 2019, en las administraciones del ejecutivo federal y la mayoría legislativa del Congreso de la Unión en manos de la autodenominada “4T”, se publicó en el diario oficial de la federación la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza (LNUF); posteriormente, a partir de una acción de inconstitucionalidad, se reformó en enero de este 2024. Y aunque definieron técnicamente la “finalidad y la sujeción del uso de la fuerza a los principios de racionalidad y oportunidad”, resulta abstracto y por lo tanto relativo la forma y justificación de su aplicación en relación al derecho humano a la protesta.
Por ejemplo, ideas tales como “...existencia del acto o intención hostil, es necesario la aplicación del uso de la fuerza…” (Art. 4, VI)- ¿Quién define acto o intención hostil en una manifestación?; “conducta de acción u omisión que realiza una o varias personas, empleando la violencia, el amago o la amenaza, PARA NEGARSE A OBEDECER ÓRDENES LEGÍTIMAS [de] autoridad.” (Art. 10, I, II) ¿Cuántas veces las autoridades utilizan “ruptura de la paz social” para indicar que las manifestaciones son violentas? “Manifestaciones pacíficas o violentas” (Articulo 27 y 28), esta redacción está en función de la determinación de la autoridad, por lo que queda al arbitrio de la misma cómo definirla y cómo actuar ya sea espontáneamente o con “...operativos en los que se requiera y autorice desde la planeación el uso de la fuerza letal...” (Art. 36).
Desde hace décadas el proceso de criminalización de la protesta popular se ha venido judicializando en el país de tal manera que las violaciones a los derechos humanos que comete el Estado y al cual responden en la misma magnitud las víctimas individual o colectivamente, los gobiernos en turno los señalan como transgresores del “Estado de derecho”, pretendiendo inhibir el derecho a disentir, a luchar y exigir derechos constitucionales; legislando penalmente con la pretensión de desarticular la protesta popular.
A lo anterior debemos de sumarle una serie de reformas que criminalizan la protesta popular. La Ley de Vías Generales de Comunicación: “interrumpir el tránsito de medios de transporte y la operación de los servicios de peaje”. (2020, AMLO, autodenominada “4T”); Reformas al Código Penal para el Distrito Federal, aprobadas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (2013): que aumenten hasta en 50% las penas de los delitos de lesiones dolosas y homicidio contra policías cuando los cometan manifestantes que participen en algún mitin, manifestación, plantón, marcha o actos públicos; en Monterrey el Congreso de ese Estado reformó el Código Penal de esa entidad para aplicar penas de tres a seis años de cárcel y multa de 200 a 400 días de salario mínimo a quienes promuevan el cierre de vialidades en perjuicio de terceros (2009); En Tabasco el Congreso reformó la ley de tal manera que impone prisión como pena por actos que busquen oponerse a algún proyecto u obra pública o privada y también por realizar cierres de calles y otras vías de comunicación (2009).
Y una larga lista de intentonas de leyes y reformas en los diferentes estados del país con clara intención de criminalizar la protesta popular. Basta recordar la Ley Bala en Puebla aprobada en 2014 aplicada el 9 de julio de ese año contra pobladores de San Bernardino Chalchihuapan que derivó en la muerte del menor Tehuatlie Tamayo y abrogada 4 años después por la condena nacional e internacional por estos lamentables acontecimientos.
La protesta popular es una respuesta a la impunidad, la dilación y el desprecio del Estado y sus gobiernos por resolver las demandas del pueblo organizado
Las diferentes manifestaciones de los sectores populares en el país son la respuesta a graves violaciones de derechos humanos, crímenes de lesa humanidad, así como a una política dilatoria para resolver las demandas más sentidas del pueblo organizado. Existe una larga lista de acontecimientos represivos en nuestro país, por mencionar los más sonados son la masacre del 68 y Jueves de Corpus en el 71, Acteal y Chenalhó en Chiapas, Aguas Blancas y el Charco en Guerrero, Agua Fría en Oaxaca.
Así como casos donde aún la justicia no ha sido alcanzada y se mantiene en la impunidad a funcionarios y empresarios que fueron responsables de la muerte de infantes en la Guardería ABC, obreros muertos en la mina de Pasta de Conchos; crímenes de lesa humanidad como los caso de detención- desaparición forzada de los revolucionarios Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya en Oaxaca, los 43 normalistas de Ayotzinapa en Guerrero, del luchador social Fidencio Gómez Sántiz en Chiapas, las ejecuciones extrajudiciales del defensor de los derechos del pueblo Héctor Sántiz López, del adolescente Humberto Morales Sántiz, ambos en Chiapas, de Gregorio de la Cruz de la Cruz en Veracruz, el encarcelamiento injusto de Higinio Bustos Navarro para mantenerlo como rehén político en Veracruz y una larga e indigna lista de agravios contra el pueblo organizado a lo que se suma la dilación administrativa-judicial, y hasta desaparición de expedientes en los diferentes casos en donde se involucran funcionarios gubernamentales, grupos paramilitares, policías de diferentes corporaciones de los tres niveles de gobierno, ejército federal, marina y armada.
Por esta razón nos manifestamos condenando dicha reforma y declaramos al diputado que falsamente ostenta la función de vocal de la comisión de derechos humanos Fernando Sánchez Sasia, como una persona no grata y enemiga del pueblo, llamamos al pueblo en general a no dejar de manifestarse contra el proyecto legislativo represor propuesto por este representante de MORENA y a los miembros del congreso del Estado de Puebla a no caer en la tentación de la represión pues tarde o temprano el pueblo se los condenará.
COMBATIVAMENTE
¡¡ZAPATISMO Y SOCIALISMO HASTA LA VICTORIA SIEMPRE!!
POR LA UNIDAD OBRERO, CAMPESINO, INDÍGENA Y POPULAR!
FRENTE NACIONAL DE LUCHA POR EL SOCIALISMO
ALIANZA POPULAR DE CIUDADANOS UNIDOS DE ATLIXCO (APCUA-FNLS)
RED DE DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS (REDDH)