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BOLETÍN DE PRENSA

Viernes 26 de agosto de 2022, por Huasteca

Huasteca y Sierra Oriental a 24 de agosto de 2022

A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
AL PUEBLO EN GENERAL

El día 10 de agosto del presente año la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, el amparo en revisión 51/2020, a favor de los revolucionarios Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya, el cual fue atraído por este órgano de justicia hace más de dos años, por lo que el Frente Nacional de Lucha por el Socialismo –FNLS- exige a las instancias correspondientes cumplan a cabalidad lo ordenado.

Esta orden judicial, aprobada por la primera sala de la SCJN, establece, que en un plazo de treinta días naturales las instancias gubernamentales deben convocar una reunión interinstitucional para que se conforme la comisión especial de búsqueda y, a su vez, establezca el plan de trabajo encaminado a la búsqueda de los revolucionarios en los cuarteles militares o en lugares donde se presuma que pueden estar.

Es preciso señalar, que aunque la SCJN estableció, que la desaparición de personas es una grave violación a los derechos humanos, además, de que los familiares tiene el derecho de conocer la verdad y acceder a la justicia ésta instancia de procuración de justicia incurre a uno de los mandatos porque, a catorce días de haber emitido la resolución ninguna de las instancias gubernamentales y judiciales ha sido notificada.
Estas instancias son; la Secretaria de Gobernación, la Fiscalía General de la República, la Secretaria de la Defensa Nacional, y la Comisión Nacional de Búsqueda, que a su vez, son las que deben integrar la comisión especial de búsqueda junto con los familiares de Edmundo y Gabriel, la defensa jurídica, una instancia internacional y las organizaciones que por más de quince años enarbolamos esta demanda.

La dilación en la primera etapa del proceso, que consiste en la notificación a las instancias correspondientes, es síntoma de la existencia de acuerdos políticos entre instituciones gubernamentales para dosificar la justicia, es decir, pretenden que lo mandatado en la resolución no golpee de forma abrupta a la Secretaria de la Defensa Nacional, pero que sí alargue el tiempo de tormento de las víctimas de la desaparición forzada.

La reciente resolución obliga a la FGR a citar a comparecer a altos mandos militares para que declaren sobre la desaparición forzada de Edmundo Reyes Amaya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, integrantes del Partido Democrático Popular Revolucionario-Ejército Popular Revolucionario (PDPR-EPR). También, obliga al Secretario de la Defensa Nacional a abrir los cuarteles militares para que la Comisión Especial de Búsqueda realice sus labores.

Otro aspecto que tiene que atender la FGR, en lo inmediato, es la publicación de la sentencia emitida por al SCJN en un diario de circulación nacional, así también, la de Oaxaca y el ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, en un medio de información estatal y local respectivamente, en donde señale su participación en el crimen de lesa humanidad cometido contra Edmundo y Gabriel.

Es una resolución sin precedente, dada su naturaleza es necesario que el pueblo conozca y la haga propia, hoy es una herramienta jurídica que puede coadyuvar en la exigencia de justica para las miles de víctimas del crimen de lesa humanidad como la desaparición forzada.

Fueron más de quince años de lucha combativa para que una instancia del Estado Burgués mexicano reconociera que sus cuerpos coercitivos son las que ejecutan estos abominables crímenes, las cuales por su aplicación en diferentes sexenios se han convertido en política de gobierno con carácter transexenal.

Este hecho histórico y triunfo popular abre nuevos caminos judiciales para la búsqueda de la verdad, justicia, reparación integral del daño; y el juicio y castigo a los responsables de estos crímenes de lesa humanidad y de Estado. Puede acortar el tiempo en los procesos que se abran en las instancias judiciales, en tanto que, existe un precedente de esta naturaleza.

Nuestra exigencia es que se cumpla en su cabalidad con lo establecido en la resolución 51/2020 resuelto por la SCJN, la cual tiene como punto de partida que se notifique a las instancias gubernamentales y judiciales en lo inmediato y de esta forma iniciar con la conformación de la comisión especial de búsqueda; presentación con vida de los revolucionarios y de nuestro compañero Fidencio Gómez Sántiz.

Hacemos un llamado a los familiares de personas detenidas desaparecidas a no desistir de la exigencia, por presentación con vida de su ser querido, que conozcan la resolución y sea un camino a seguir para la búsqueda de justicia, juicio y castigo a los responsables materiales e intelectuales de los crímenes de lesa humanidad.

FRATERNAL Y COMBATIVAMENTE
¡ZAPATISMO Y SOCIALISMO! ¡HASTA LA VICTORIA SIEMPRE!
¡PRESENTACIÓN CON VIDA DE NUESTRO COMPAÑERO FIDENCIO GÓMEZ SÁNTIZ!
¡PRESENTACIÓN CON VIDA DE LOS REVOLUCIONARIOS GABRIEL ALBERTO CRUZ SÁNCHEZ Y EDMUNDO REYES AMAYA!
¡LIBERTAD INCONDICIONAL DE NUESTRO COMPAÑERO HIGINIO BUSTOS NAVARRO!
¡POR LA UNIDAD OBRERO, CAMPESINO, INDÍGENA Y POPULAR!
FRENTE NACIONAL DE LUCHA POR EL SOCIALISMO

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