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Se consuma de nueva cuenta una resolución judicial por consigna de Estado en contra de HIGINIO BUSTOS NAVARRO

Martes 11 de julio de 2023, por Huasteca

PLAZA REGINA, XALAPA DE ENRIQUEZ, VERACRUZ 10 DE JULIO DE 2023

A LOS MEDIOS MASIVOS DE COMUNICACIÓN:
A LA OPINIÓN PÚBLICA

El viernes 7 del presente mes, del año que transcurre, de nueva cuenta se consuma una resolución judicial por consigna de Estado. En la sesión que tuvo lugar en el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Distrito, en Boca del Río, Veracruz, al convalidar tres magistrados colegiados la detención arbitraria, el insustancial auto de formal prisión y encarcelamiento injusto, contra nuestro compañero campesino indígena náhuatl, HIGINIO BUSTOS NAVARRO.

Es la secuencia empecinada del poder judicial federal de negar por causas políticas, otorgar la protección a nuestro compañero HIGINIO B.N. al ser víctima de un insustancial auto de formal prisión qué, anula a la vez el derecho a la presunción de inocencia; acción punitiva a priori perpetrada por los Juzgados Octavo de Distrito en Estado de Veracruz y Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal...

La mecánica ha sido negar ya sea de facto o fas track, los amparos que se han interpuesto contra el insustancial auto de formal prisión, para que se desista en la lucha jurídica, para así agarrar un proceso a modo, llano y liso; y así, imponer injusta condena contra nuestro compañero, sin embargo, lo acontecido hasta hoy en esta materia, sólo una fase jurídica más en el ámbito federal, donde predominó la consigna de Estado por encima de la razón jurídica objetiva, exhaustiva e imparcial, violándose una vez más los derechos humanos del compañero HIGINIO B.N.

Ignorar u omitir de manera deliberada de parte del Juzgado Mixto de Primera Instancia y los Juzgados Judiciales Federales en cuestión, las evidencias contundentes que muestran, que el compañero HIGINIO B.N. nunca estuvo antes, mientras tanto y después, en la escena del homicidio, es un auto de imparcialidad perverso motivado por causas políticas.

Evidencias que son claramente perceptibles en el expediente primario y original generado en Tantoyuca, Veracruz; donde ninguno de los 4 presentes (Quirino, Isidro, Lucas y la esposa del ultimado) en el lugar de los hechos, menciona o describe que nuestro compañero HIGINIO B.N. estuvo en Felipe Ángeles ese día y hora que aconteció el homicidio.

Tiempo después Quirino, es llevado por agentes federales al Distrito Federal (DF), actualmente Ciudad de México (Cdmx) a las oficinas de la PGR-UEITA-SIEDO y AFI, donde en conjunto con los agentes federales cambian de forma radical el contenido de su declaración de primera instancia que otorgó de forma voluntaria en Tantoyuca.

Incluso, en el expediente doloso fabricado por la PGR-UEITA-SIEDO y AFI, en la primera declaración fabricada en las oficinas de estas dependencias, Quirino en condición de testigo singular, describe con precisión enfática que el autor material del homicidio es Felipe de Tecomaxohitl. En la segunda fase de esta declaración, afirma con la misma seguridad que lo hizo en la primera parte, que fue el compañero HGINIO B.N. el responsable del homicidio, pero que se hace llamar Felipe.

Cabe agregar que de los 4 que estuvieron en el lugar de los hechos tres ratifican en el Juzgado Mixto de Primera Instancia, confirmando dos (Isidro y Lucas) su declaración íntegra emitida en los autos de la declaración de primera instancia de Tantoyuca, expresando que no conocieron a nadie de los autores del homicidio, es decir, jamás mencionaron al compañero Higinio.

En ese mismo tiempo y espacio, Quirino en su condición de testigo singular ratifica la declaración elaborada en oficinas federales, desechando de manera adiestrada las dos declaraciones anteriores hechas en Tantoyuca y la primera que se fabricó en contubernio con la PGR-UEITA-SIEDO y AFI.

Los otros tres individuos que figuran en el expediente elaborado por agentes federales son dos testigos protegidos; el tercero un sujeto traidor a su pueblo, por lo tanto, persona indeseable para las comunidades y pueblos organizados en el FNLS; a éstos tres la propia juzgadora de consigna Cira Sara Villafuerte Martínez los desecha, por no ser útiles para cumplir la orden de Estado: condenar al compañero Higinio.B.N.

Insistimos el testigo singular, Quirino, corrobora su tercera declaración –elaborada en instalaciones federales cuando fue llevado al DF hoy Cdmx– que se contradice de forma sustancial con las anteriores, dos efectuadas en Tantoyuca y una elaborada de manera conjunta con agentes federales.

Sendas inconsistencias, de hecho y derecho, que no han “podido ver los juzgadores” en sus escrutinios y análisis, pero, por el contrario, mediante sus dotes en psicología Sara Judith Gudiño Martínez, Jueza del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Veracruz, diagnostica a manera de sentencia: que las mayúsculas contradicciones entre las tres declaraciones del testigo singular Quirino, se dio por la “presión que vivió en esos días”.

En ese mismo tenor, en el proyecto y exposición de la ministra ponente María Elena Leguizano Ferrer, es parcial, subjetivo, y sobre todo, miente al exponer que hay tres testigos (Quirino, Isidro y Lucas), que vieron a Higinio ¡Nada más falso que esto!; y en la sesión de “debate” con los ministros Antonio Soto Martínez y José Saturnino Suero Alva, se reduce a lisonjas palaciegas, una pregunta vana; por respuesta un monosílabo y una frase entre dientes para respaldar por la vía rápida la negativa al amparo que concluye como una resolución lapidaria y despótica.

Ahora sí, que se los sacó de la toga la magistrada a los testigos, porque en ninguna parte del mamotreto judicial que suplantó de forma arbitraria al de Tantoyuca, existe tal declaración de los aludidos (Isidro y Lucas), es decir, en ningún momento éstos en sus dos declaraciones, acusan a nuestro compañero HIGINIO B.N. y esto consta en las fojas del susodicho expediente.

Develando la mentira de la ministra María Leguizano Ferrer y sus cómplices Antonio Soto Martínez y José Saturnino Suero Alva, Isidro fue al lugar de los hechos como peón de Quirino el testigo singular, a tan sólo unos metros de éste y el hoy occiso, en tres declaraciones, dos en Tantoyuca, una cuando fue llevado a las oficinas de PGR-UEITA-SIEDO y AFI, y, en la respectiva ratificación de su declaración en el Juzgado Mixto de Primera Instancia en Tantoyuca cuando MORENA reactiva el caso, en todos estos lugres y en distintos tiempos, Isidro, nunca menciona al compañero HIGINIO B.N., de igual forma acontece con el ex agente municipal de la comunidad de Felipe Ángeles, Lucas, en sus declaraciones y ratificación, nunca refiere para nada a nuestro compañero HIGINIO B.N.

Días antes de la sesión del 7, se le visitó a la ministra María Elena Leguizano Ferrer para entregarle un documento para la agilización del proceso del compañero HIGINIO B.N. y precisar que se está cometiendo una injusticia. Leguizano Ferrer, argumentó a familiares y compañeros de HIGINIO B.N. que se actuará conforme a derecho, al parecer es político el caso. De nueva cuenta se confirma que aplicación del derecho y administración de la justicia se rigen de acuerdo a los intereses económicos y políticos de la burguesía.

A la vista se podría decir que tanto los juzgadores judiciales de los órdenes estatal y federal faltaron a los principios del debido proceso e impartición de justicia: imparcialidad, exhaustividad, objetividad, eso sería reducir el caso de manera estricta al terreno de la materia jurídica, y quitar la sustancia política de clase que originó, fundamenta y mueve al estado de derecho burgués.

En esa lógica del estado de derecho burgués, las aberraciones jurídicas ejecutadas sólo tendría que ser tipificadas, como una serie de ineficiencias o pifias de los juzgadores en turno en cuestión. En lugar de denunciar las graves violaciones a los derechos humanos como: la detención arbitraria, el purgar prisión injusta y enfrentar un proceso judicial, en los órdenes estatal y federal, donde las instituciones de impartición de justicia desempeñan el papel de juez y parte.

La realidad es una, la acción represiva judicial y extrajudicial para perseguir, detener, encarcelar y cometer crímenes en el sujeto político que lucha por las causas justas del pueblo de forma independiente, se le castiga por orden de Estado.

Inclusive, los acérrimos adversarios de la democracia burguesa y los que se disputan cotos de poder económico-política en las instituciones del Estado, cierran filas para combatir a quienes ejercemos de manera plena y consecuente nuestros derechos humanos y constitucionales.

Lo más grave que pueden enfrentar los juzgadores involucrados en la inquisición política-jurídica, del compañero HIGINIO B.N. responsables éstos de imponer y purgar prisión siendo inocente, es de ser señalados como ineficientes o corruptos, y si, se aplica la severidad sujetos a una sanción administrativa.

Es evidente que las pugnas inter burguesas no tienen cabida entre los tres órdenes de gobierno, los poderes de la unión y los sujetos del régimen que los personifican, cuando el objetivo es castigar a un militante de una organización de carácter popular e independiente, por ejemplo, ponen pausa a la disputa de coyuntura entre el poder ejecutivo federal y el poder judicial, para actuar de manera consensuada en bloque, contra nuestro FNLS.

Resulta grotesco e inocultable la supeditación del poder judicial estatal y federal a la consigna de Estado, para mantener al compañero HIGINIO B.N. como rehén del régimen y preso político de la presunta 4ta transformación.

Dicha cruzada judicial tiene como objetivo mantener la ofensiva general represiva hacia nuestro FNLS, en este caso utilizando de forma facciosa a las instancias del poder Judicial con la aquiescencia del ejecutivo federal en turno, Andrés Manuel López Obrador y su ejecutor represivo en la entidad veracruzana, Cuitláhuac García Jiménez.

El proceder de morena en la administración federal y estatal, es una calca de la practica represiva priista, implementar la prisión por causas políticas, donde los presos políticos sin o con condena fueron encarcelados injustamente en temporalidad sexenal o transexenal, es decir presos políticos de un periodo y rehenes del Estado, respectivamente. En los dos casos acusados por delitos del fuero común para ocultar los motivos políticos de la indebida prisión.

Anulado el derecho de presunción de inocencia desde el poder judicial federal; continuar purgando prisión siendo inocente; y, ser víctima del traslado involuntario el compañero HIGINIO B.N. es el nefasto preludio para la reanudación del proceso judicial en el Juzgado Mixto de Primera Instancia en Tantoyuca.

Faltan varias etapas en la lucha jurídica las cuales seguirán siendo acompañadas por jornadas de lucha política, hasta alcanzar la libertad incondicional de nuestro compañero HIGINIO B.N.

COMBATIVAMENTE
¡LIBERTAD INCONDICIONAL AL COMPAÑERO HIGINIO BUSTOS NAVARRO!
¡PRESENTACIÓN CON VIDA DEL COMPAÑERO FIDENCIO GÓMEZ SANTIS!
¡PRESENTACIÓN CON VIDA DE LOS REVOLUCIONARIOS EDMUNDO REYES AMAYA Y GABRIEL ALBERTO CRUZ SÁNCHEZ!
¡POR LA UNIDAD OBRERA, CAMPESINA, INDÍGENA Y POPULAR!
FRENTE NACIONAL DE LUCHA POR EL SOCIALISMO
FNLS

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