Portada del sitio > Hidalgo > Expediente fabricado por la PGR, caso Higinio Bustos Navarro.

Expediente fabricado por la PGR, caso Higinio Bustos Navarro.

Lunes 4 de julio de 2022, por Huasteca

Huasteca y Sierra Oriental julio 2022

AL PUEBLO DE MÉXICO:

El compañero Higinio, está en prisión por un expediente fabricado por la PGR/SIEDO/UEITA/025/2008 y la nefasta colaboración de la AFI, en el sexenio del panista Felipe Calderón Hinojosa, los artífices intelectuales y materiales del legajo incriminatorio fueron Eduardo Medina Mora Icasa, Genaro García Luna y Luis Cárdenas Palomino, personajes del régimen cuya especialidad fue crear culpables.

Expediente con el cual suplantaron con abuso de poder y dolo, las no más de 50 fojas con que contaba el expediente inicial y genuino generado en Tantoyuca, Veracruz, para hacer un mamotreto en base a mentiras, al elaborar hechos y escenarios en los que nunca fue participe el compañero HIGINIO. Crean una conexidad inverosímil al incorporar dos investigaciones ya realizadas:

1) la relativa a los expresos políticos hermanos Cerezo Contreras de la Ciudad de México, y 2) la que da cuenta del avasallamiento policíaco-militar y judicial de que fueron objeto los compañeros de la Organización Campesina de la Sierra Sur (OCSS) en Guerrero, las dos investigaciones ministeriales del fuero federal.

Síntesis cronológica del proceso jurídico por CONSIGNA de Estado, contra nuestro compañero HIGINIO:

1) El compañero HIGINIO nunca aparece en la Investigación Ministerial TAN-063/2008-01 radicada en la Agencia del Ministerio Público de Tantoyuca, Veracruz, tal como consta en los autos de 31 de enero de 2008 y el 28 de febrero de 2008.

2) Tampoco figura el nombre de Higinio en la primera A. P. PGR/SIEDO/UEITA que consiste en una declaración inducida por los agentes federales con un Quirino Martínez Ausencio ya adiestrado, el 4 de marzo de 2008.

3) Ninguno de los ciudadanos presentes en el lugar de los hechos, como son: Lucas Martínez Bautista (Sub agente municipal), Griselda Martínez Ausencio, incluso el trabajador Isidro Hernández Hernández, que estuvo de forma directa en la escena del homicidio declararon a ver visto al compañero HIGINIO, antes durante y después del delito en cuestión.

4) Los dos individuos ( “Jesús” y “Salvador”) que bajo la nefasta figura de testigos protegidos, son sembrados en el doloso expediente fabricado por la PGR/SIEDO/EUITA y la AFI, y quienes en sus “declaraciones”, jamás mencionan al compañero HIGINIO como participante en el homicidio del 30 de enero de 2008, en ese afán incriminatorio, meten como una pieza más del mamotreto judicial a “otro testigo” Jaime Cortés Ramos, de igual forma, en su “declaración” no figura el compañero Higinio, ni previo, ni el día de los hechos, ni posterior a éstos.

5) Cabe destacar que ninguno de estos tres individuos -los dos testigos protegidos sembrados (“Jesús” “Salvador”) y Jaime, una pieza más de la incriminación de la PGR/SIEDO/UEITA y la AFI- ratificó sus declaraciones en el periodo de instrucción.

6) El 15 de diciembre de 2010, con la A. P. PGR/SIEDO/UEITA/025/2008, la PGR solicitó una Orden de Aprehensión en contra de HIGINIO BUSTOS NAVARRO al Poder Judicial de la Federación con sede en Tuxpan, Veracruz.

7) El 22 de diciembre de 2010, el Juzgado Séptimo de Distrito con sede en Tuxpan, Veracruz, denegó la Orden de Aprehensión en contra de Higinio Bustos Navarro, solicitada por la PGR con investigación contenida en la A. P. PGR/SIEDO/UEITA/025/2008.

8) El 21 de enero de 2011, se radica el expediente bajo la Causa Penal 5/2011 y el Lic. Valentín Bolaños Leal titular del Juzgado Mixto de Primera Instancia del Poder Judicial del Estado de Veracruz, con sede en Tantoyuca, Veracruz, emitió la ORDEN DE APREHENSIÓN en contra de nuestro compañero HIGINIO BUSTOS NAVARRO, sin más elementos de prueba que las desechadas por el juez federal de Tuxpan, Veracruz.

9) El 3 de mayo de 2021, es detenido de manera arbitraria, al no mostrarle la respectiva ORDEN DE APREHENSIÓN, ni expresar de manera verbal los motivos de su ilegal arresto el compañero HIGINIO BUSTOS NAVARRO, en la localidad de Terrerillos, Chicontepec, Veracruz.

10) El 6 de mayo de 2021, la Juzgadora de CONSIGNA Cira Sara Villafuerte Martínez titular del Juzgado Mixto de Primera Instancia del Poder Judicial del Estado de Veracruz, con sede en Tantoyuca, Veracruz, dicta AUTO DE FORMAL PRISIÓN a nuestro compañero HIGINIO BUSTOS NAVARRO.

11) El 18 de marzo de 2022, el Juez Octavo de Distrito con sede en Tuxpan, Veracruz, resolvió proteger a HIGINIO BUSTOS NAVARRO en función de que la Juzgadora de CONSIGNA responsable de dictar el AUTO DE FORMAL PRISIÓN incurrió en los vicios de forma relativos a la falta de motivación de su relación reclamada… Por lo que es procedente conceder el amparo y protección de la justicia federal.

12) El Juez Octavo de Distrito con sede en Tuxpan, Veracruz, dentro del amparo Indirecto demandado por HIGINIO BUSTOS NAVARRO considera los siguientes puntos resolutivos que la Jueza Mixta de Primera Instancia con sede en Tantoyuca, Veracruz, deberá acatar:
a) Dejar insubsistente el auto de formal prisión dictado el seis de mayo de dos mil veintiuno, en autos de la causa penal 05/2021;
b) En su lugar,… dicte una nueva determinación en la que purgue los vicios detectados; ...y en forma individual analice el grado de autoría o participación del hoy quejoso Higinio Bustos Navarro, ello de manera fundada y motivada.

13) Del 21 al 31 de marzo de 2022 se notificó, al tercero interesado (denunciante y padre de la víctima); al Agente del Ministerio Público federal; al agente del Ministerio Público federal del Fueron Común, del resolutivo del Amparo Indirecto 267/202.

14) Ni el denunciante, ni agentes del ministerio público federal impugnaron, en los hechos los tres consintieron el resolutivo al Amparo Indirecto 267/202, del 18 de marzo de 2022, que el Juez Octavo de Distrito con sede en Tuxpan, Veracruz, resolvió proteger al compañero HIGINIO BUSTOS NAVARRO.

15) La juzgadora de CONSIGNA, Cira Sara Villafuerte Martínez, deja insubsistente el AUTO DE FORMAL PRISIÓN del 6 de mayo 2021, para sólo cubrir el requisito, con respecto a la resolución del 18 de marzo del Juez Octavo de Distrito, un formulismo perverso como acostumbra, para continuar con el plan de dilación, prolongar el proceso judicial y el castigo de prisión injusta a nuestro compañero HIGINIO, como es la orden del Estado.

16) E ipso facto dictamina, la imposición insustancial, de hecho y de derecho, del segundo AUTO DE FORMAL PRISIÓN (13 de mayo de 2022) de la causa número 5/2011, contra nuestro compañero HIGINIO BUSTOS NAVARRO, para que siga purgando prisión por motivos políticos.

17) En el cual de manera sustancial son las mismas evidencias, testigos y argumentos jurídicos que el primer AUTO DE FORMAL PRISIÓN (6 de mayo de 2021).

Conclusiones:

a) A quien se tiene en injusta prisión por motivos políticos es un campesino indígena náhuatl, de nombre HIGINIO BUSTOS NAVARRO, militante de la organización indígena campesina y popular Frente Democrático Oriental de México “Emiliano Zapata” - Frente Nacional de Lucha por el Socialismo (FDOMEZ-FNLS). Que su trayectoria política de lucha inicia, siendo un adolescente, al integrarse a las actividades del pueblo, el cual es integrante de la organización independiente que lucha por la recuperación de tierras, su defensa y el socialismo.

Higinio ha destacado en todo el proceso político-organizativo, que abarca la planificación y funcionamiento de la producción agropecuaria, en toda la región. Su participación es constante en las actividades de denuncia, propaganda, movilización y en las acciones políticas de masas.

La actividad de Higinio es pública y pacífica, es conocida y reconocida por todas las comunidades y pueblos organizados, así como por los pueblos vecinos, autoridades municipales y estatales, de programas locales y federales, de ese mismo modo su domicilio es ampliamente conocido. Por lo consiguiente, a Higinio le fue violada, de manera premeditada y arbitraria, la presunción de inocencia, ¡NUNCA! Fue notificado que seguía un proceso judicial en su contra.

b) A Higinio el único que lo acusa es un testigo singular, Quirino Martínez Ausencio, elevado por la juzgadora de CONSIGNA, Cira Sara Villafuerte Martínez, a testigo omnipotente, porque todo lo que “declara y describe” Quirino, no hay evidencia pericial, material y persona que atestigüe de estos acontecimientos, sólo el mismo, en posición de testigo singular y omnipotente.

El caso de Higinio, como lo son de los otros cinco compañeros expresos políticos del FNLS, Javier, Armando, el matrimonio de Asunción y Venturino, y el profesor Leobardo, pueden ser calificados, en el lenguaje de juzgadores y defensores, de aberración jurídica; una sarta de chicanadas y artimañas leguleyas; un fraude jurídico en contenido y extensión, sin embargo, eso sería ceñirse específicamente al aspecto jurídico, cuando éste en esencia e intereses es burgués, por lo tanto, toda investigación, proceso, sentencia y condena lleva una determinación política de clase.

Una parte de la materialización de la razón del estado de derecho burgués, se ejecuta al perseguir, enjuiciar, sentenciar y condenar, desde el poder judicial a militantes de organizaciones populares independientes, críticos al régimen, personalidades progresistas, luchadores sociales, defensores del medio ambiente y derechos humanos no gubernamentales, sindicalistas democráticos; e indígenas campesinos, como el compa HIGINIO, que lucha de forma independiente al Estado y con un método distinto a la hegemonía de la forma de organización burguesa.

A las organizaciones populares independientes fraternas a continuar difundiendo y exigiendo la libertad del compa Higinio; a las organizaciones de derechos humanos no gubernamentales y a las personalidades progresistas, les convidamos, a mantenerse pendientes del proceso jurídico, de la movilización por la libertad incondicional de nuestro compañero Higinio Bustos Navarro.

COMBATIVAMENTE
¡LIBERTAD INCONDICIONAL A HIGINIO BUSTOS NAVARRO!
¡POR LA UNIDAD OBRERO, CAMPESINO, INDÍGENA Y POPULAR!
FRENTE NACIONAL DE LUCHA POR EL SOCIALISMO
FNLS

¿Un mensaje, un comentario?

moderación a priori

Este foro es moderado a priori: su contribución sólo aparecerá una vez validada por un/a administrador/a del sitio.

¿Quién es usted?
Su mensaje

Para crear párrafos, deje simplemente líneas vacías.