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Iniciativa del gobierno de Michoacán tiende a violar el derecho a la libertad de expresión y protesta
mardi 13 mai 2025, par
Pronunciamiento No. 20250513
A los medios de comunicación
A la opinión pública
El gobernador del estado de Michoacán, Alfredo Ramírez Bedolla, envió una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado de Michoacán de Ocampo para tipificar como conducta delictiva la “apología del delito” e imponer penas de tres a seis meses de prisión y de ochenta a ciento cincuenta UMA´S. Dicha iniciativa con la que supuestamente se pretende prohibir los “narco corridos”, lejos de ser una solución, tiene una tendencia lesiva a los derechos de libertad de expresión, manifestación y a la protesta.
En la iniciativa de reforma, se propone imponer la pena al “que provoque públicamente a cometer un delito, incite al consumo de sustancias ilícitas, o haga apología de éstos,… si el delito no se ejecutare ; en caso contrario, se le impondrá la pena que corresponda por su participación en el delito cometido.” Tal redacción es ambigua e imprecisa ya que al incluir simplemente la palabra “delito” se hace referencia a todas las conductas que el Estado considera punibles, abriendo la posibilidad de criminalizar todo acto del ciudadano que puede ser desde la manifestación de ideas, el ejercicio periodístico y hasta la protesta.
En cada momento que el Estado ha reprimido el ejercicio del derecho a la protesta, este justifica las violaciones a los derechos humanos bajo la criminalización, o sea, considerando todo acto de protesta como delito. Además, en la reforma se interpreta que esta “apología” del delito sería perseguida de oficio, por lo que toda persona que participe, presencie o manifieste simpatía hacia la protesta puede ser objeto de detención arbitraria y un proceso injusto.
Sobre el derecho a la libertad de expresión, hacemos mención que el artículo 13.2 de la Convención Americana de sobre Derechos Humanos establece que el ejercicio del derecho a la libertad de expresión “no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores”, además, en su artículo 13.3 establece que “No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares…” Por lo que la iniciativa de ley está construida a modo de intentar censurar indirectamente el ejercicio periodístico.
Penalizar la “apología” del delito no contribuye a que la violencia disminuya, máxime cuando ésta emana del Estado y sus instituciones, por lo que el pretender imponer el silencio solo permite que la impunidad prevalezca y violenta el derecho del pueblo a estar informado. Así mismo, al penalizar se permite ejercer la criminalización de toda protesta bajo el argumento de considerarla como “delito”, situación que puede resultar en violaciones a los derechos humanos, sobre todo cuando en el contexto de las próximas elecciones al Poder Judicial, se pretende colocar en él jueces a modo y de consigna.
ATENTAMENTE :
COMITÉ POPULAR DE DERECHOS HUMANOS
CPDH