Portada del sitio > Distrito Federal > Participación del Lic. Damián martínez en la conferencia política. Caso (...)

Participación del Lic. Damián martínez en la conferencia política. Caso Javier González Díaz y Armando Hernández Sánchez, presos políticos en Chiapas

Miércoles 14 de octubre de 2020, por Ciudad de México

“LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE CHIAPAS: UNA FABRICA DE CARPETAS DE INVESTIGACION”

JAVIER GONZALEZ DIAZ fue privado de su libertad y torturado, el 17 de julio de 2019, en el poblado Las Rosas, Chiapas.

La Fiscalía General del Estado de Chiapas (FGE-Chiapas) le imputó el delito de ROBO CON VIOLENCIA AGRAVADO en su modalidad de flagrancia, quedando radicada la Causa Penal en el JUZGADO DE CONTROL Y TRIBUNALES DE ENJUICIAMIENTO DE SAN CRISTOBAL Y BOCHIL.

El juez de control de la causa, vinculó a proceso a JGD, recluyéndolo en el CERESS 5 de San Cristóbal de las Casas.

OBSERVACIONES

  1. 1. La CI registra que el pasivo es EUSTORGIO SANTIZ HERNANDEZ y el Juez de Control decretó que la agraviada es la señora ESTELA HERNANDEZ MENDEZ.
  2. 2. El Informe Policial Homologado (IPH) integrada en la CI, omiten los Registros de Cadena de Custodia de:
    a. El Instrumento del delito (Arma de fuego),
    b. El objeto del delito (motocicleta),
    c. Diferentes objetos “asegurados” al activo.
    3. En relación al arma de fuego supuestamente asegurada al activo, la FGE-Chiapas omitió la cumplimentación de lo establecido por el artículo 241 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP). “Aseguramiento de armas de fuego o explosivos.- Cuando se aseguren armas de fuego o explosivos se hará del conocimiento de la Secretaría de la Defensa Nacional,…”.
  3. Las inconsistencias observadas en la CI motivó que se solicitaran la práctica de algunas periciales, tanto al Juez de la causa como a la FGE-Chiapas, mismas que fueron negadas.
  4. Se interpuso el recurso de Apelación contra el Auto de Vinculación a Proceso ante la Sala Mixta Regional de San Cristóbal de las Casas, cuya resolución confirmó el auto de vinculación a proceso.
  5. También se buscó la protección de la justicia federal con dos demandas de amparo: una por la privación ilegal de la libertad y otra por tortura. En ambas demandas, el Juez federal negó dicha protección.
  6. Tanto el Juez de la causa como el Juez federal han tratado de localizar a la supuesta agraviada ESTELA HERNANDEZ MENDEZ, quién no vive en el domicilio declarado ante la FGE-Chiapas; y los vecinos y autoridades del barrio, desconocen la existencia de dicha persona.

ARMANDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ fue detenido al salir de su trabajo de albañil en Chiapa de Corzo el 28 de septiembre de 2019. Los aprehensores lo trasladaron a una cárcel clandestina ubicada en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, y durante aproximadamente media hora fue torturado. Tiempo después, fue presentado e internado en el CERESS 14 de Cintalapa, Chiapas.

La FGE-Chiapas le imputa el delito de ROBO CON VIOLENCIA AGRAVADO cometido a la empresa COMERCIALIZADORA DE LACTEOS Y DERIVADOS, S. A. DE C. V.

OBSERVACIONES:

  1. El único Dato de prueba con el cual se vinculó a proceso a AHS es la testimonial inverosímil del conductor de un vehículo, quien declaró que estuvo retenido por aproximadamente 15 minutos. Y en este lapso de tiempo escuchó nueve nombres de personas quienes supuestamente eran los que habían retenido su vehículo. Al chofer, además del nombre y apellidos de Armando oyó que ostentaba el cargo de comisariado ejidal.
  2. Ningún otro medio de probanza se presenta para fortalecer la testimonial antes mencionada.
  3. De manera inaudita, hasta absurda, la FGE-Chiapas presenta como datos de prueba los letreros con mensajes políticos escritos ubicados en la entrada de la localidad donde reside AHS.

Buscando un control a las actuaciones de la FGR-Chiapas y del Poder Judicial del Estado de Chiapas, se interpuso una demanda de Amparo indirecto, pero el juez federal amparo solo resolvió que se repusiera la audiencia inicial,

Por la tortura padecida, se interpuso una denuncia ante la Fiscalía General de la Republica (FGR) solicitando la atracción de la investigación. A esta fecha, no se conoce avance alguno de las pesquisas.

Los vicios procesales cometidos por las la FGE-Chiapas y Poder Judicial del Estado de Chiapas, al vincular a proceso a Javier González Díaz y a Armando Hernández Sánchez, fueron además validados por el Poder Judicial Federal.

La invención de datos de prueba y supuestos agraviados, muestran las actuaciones ministeriales y aplicación del derecho en el Estado de Chiapas.

Pero, además, que los jueces federales omitieran analizar casos de Tortura, validaron violaciones flagrantes al debido proceso, infringiendo lo dispuesto por nuestra Carta Magna.

La similitud de los procesos jurídicos aplicados a JAVIER y ARMANDO denota una lectura transparente, un mensaje claro: la pertenencia a una organización independiente de las estructuras corporativas del Estado Mexicano es motivo de criminalización sin necesidad de cometer acto antijurídico alguno.

En conclusión, están privados de su libertad por más de un año por motivos ajenos al ámbito de lo jurídico. Por lo tanto, es oportuno establecer, que JAVIER GONZÁLEZ DÍAZ y a ARMANDO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ son PRESOS POLÍTICOS.

CIUDAD DE MÉXICO, octubre de 2020.

¿Un mensaje, un comentario?

moderación a priori

Este foro es moderado a priori: su contribución sólo aparecerá una vez validada por un/a administrador/a del sitio.

¿Quién es usted?
Su mensaje

Para crear párrafos, deje simplemente líneas vacías.